La Asamblea Nacional aprobó en segundo debate el proyecto de ley urgente para desarticular la economía criminal vinculada al conflicto interno, conocida Ley de Solidaridad Nacional.
Entre las regulaciones se plantea la sexta disposición reformatorio que busca reformar el artículo 228 del COIP.
La Asamblea Nacional aprobó en segundo debate el proyecto de ley urgente para desarticular la economía criminal vinculada al conflicto interno, conocida Ley de Solidaridad Nacional.
En noviembre de 2023, el presidente Daniel Noboa dispuso que se derogue la denominada tabla de consumo de drogas vía la resolución 001-CONSEP-CD-2013 y sus reformas. Esta tabla se estableció en el 2013 para diferenciar a los consumidores de los traficantes de droga, durante el gobierno de Rafael Correa.
Ahora, en el cuerpo de la Ley de Solidaridad se vuelve a retomar el tema con parámetros para determinar la tenencia o porte de sustancias estupefacientes, ya no por gramajes.
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Se plantea la sexta disposición reformatoria que busca reformar el artículo 228 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) para establecer parámetros a fin de determinar el uso o consumo personal.
En el texto se establece que los parámetros para determinar la tenencia o posesión de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o preparados que las contengan destinadas al consumo personal, se determinará y actualizará mediante una resolución conjunta del Ministerio de Salud, Fiscalía y el Consejo de la Judicatura.
Julio César Cueva, abogado especialista en derecho penal, expuso que en relación a la anterior tabla de drogas y los parámetros actuales debería considerarse actualizaciones en drogas que han aparecido. Incluso, dijo, hay unas que se venden para tratamientos médicos, como el fentanilo.
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Dijo que hay un problema en la inclusión de Fiscalía y Judicatura en la determinación de parámetros, ya que las adicciones es un tema de salud pública y se necesitan especialistas sobre ello.
“La pregunta es: ¿qué hace la Fiscalía General del Estado metida haciendo una tabla de qué, el Consejo de la Judicatura es ente administrativa de los jueces, pienso que aquí hay un error», acotó el abogado.
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Y además agregó: “salvo que la Fiscalía mande a sus médicos legistas y la Judicatura mande a sus médicos, no veo qué tienen que hacer aquí, ahora ellos no son expertos en adicciones”.
Acotó que, en un caso judicial, los parámetros de tenencia debería ser referencial y que también se deben evaluar las circunstancias de la detección para determinar si la autoridad se encuentran ante un consumidor o un traficante.
Ley urgente para desarticular la economía criminal pasa a segundo debate
El abogado Abraham Aguirre, integrante del Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos (CDH), expuso que la tabla anterior tenía como esencia de no enviar al consumidor pero al contrario muchos terminaron ingresando a prisión.
Regularmente, agregó que cuando la Judicatura o fiscales llevan adelante procesos judiciales con posesión no se suele apuntar a la rehabilitación sino al efecto punitivo.
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Acotó que la situación de esa esa persona puede agravar su situación al unirse con otras personas sentenciadas en prisión por la falta de clasificación en los centros carcelarios..
La tabla, dijo, debe ser periódicamente revisada con técnicos de Salud, universidades, expertos en materia de sustancias sujetas a fiscalización y drogas.
Manifestó que debe haber otras medidas de acompañamiento para enfrentar la problemática, como dotar de clínicas para desintoxicación y programas, así como una política preventiva para apuntar al eje social. “Debe existir un comité central dirigido por varios especialistas”, acotó.
Julieta Sagnay, doctora experta en adicciones, resaltó la necesidad de fortalecer las capacidades de Policía y Fiscalía para no violar la presunción de inocencia de quien porte cantidades superiores a la dosis personal, pero a su vez garantizando que bajo esa figura no se favorezca el microtráfico.
Además expuso la necesidad de tener tribunales o cortes con jueces especializados para diferenciar entre el adicto o expendedor de droga. Todo ello con un equipo técnico.
Acotó que el diagnóstico diferencial lo debe hacer el médico perito y los jueces deberían mantener una escala para sentenciar. En caso de ser adicto debe obligarse que siga tratamiento o dar una multa o actividad comunitaria, dijo.
“Que se obligue y se atienda la desintoxicación en hospitales públicos para que los usuarios tengan una historia clínica registrada”, refirió ella.
Apuntó que los ministerios de Salud, Educación y del Interior deben unir acciones en para enfrentar esta problemática de manera conjunta. (I)
El Universo