El juez de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) Javier de la Cadena decidió aceptar la recusación planteada por el expresidente del Consejo de la Judicatura (CJ) Wilman Terán y separó del Tribunal de Juzgamiento del caso Pantalla a los conjueces nacionales Pablo Loaiza y Hernán Barros. La diligencia se realizó desde la mañana de este martes, 1 de julio, y la decisión se dio a conocer pasadas las 16:00 de este mismo día.
El expresidente del CJ Wilman Terán y la exjueza de Santo Domingo de los Tsáchilas Anabell T. fueron llamados a juicio por el delito de asociación ilícita.
El juez de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) Javier de la Cadena decidió aceptar la recusación planteada por el expresidente del Consejo de la Judicatura (CJ) Wilman Terán y separó del Tribunal de Juzgamiento del caso Pantalla a los conjueces nacionales Pablo Loaiza y Hernán Barros. La diligencia se realizó desde la mañana de este martes, 1 de julio, y la decisión se dio a conocer pasadas las 16:00 de este mismo día.
Terán, conocido con el alias de Diablo en el caso Metástasis, proceso penal en el que fue sentenciado a nueve años y cuatro meses de prisión por el delito de delincuencia organizada, alegaba que los conjueces Barros y Loaiza fueron parte de los casos Independencia Judicial y Metástasis, respectivamente, y conocieron el testimonio anticipado del exasesor de Terán, Álex Palacios, elemento que fue fundamental para las condenas que en ambos casos recibió el extitular de la Judicatura y que también es parte del caso Pantalla, en el que se analiza una asociación ilícita.
La norma que respaldaba la recusación era la contenida en el artículo 572 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que habla de las causas de excusa y recusación y que en su numeral seis refiere la causal para la excusa y recusación de los juzgadores el haber fallado en otra instancia y en el mismo proceso la cuestión que se ventila u otra conexa con ella.
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La diligencia se dio sin la presencia e intervención de los conjueces recusados, es decir, tanto Loaiza como Barros perdieron la oportunidad de argumentar a favor de la tesis que mantenían. Del lado del accionante intervino directamente Terán, quien no solo fundamentó su pedido, sino también presentó la prueba que mantenía para solicitar que sean separados los dos conjueces y que se haga un nuevo sorteo para que se coloque en su lugar a nuevos magistrados que le garanticen independencia en sus decisiones.
“Queda claro para el suscrito juzgador que existió una aproximación de los conjueces nacionales a los hechos materia del proceso 17721 2024 00038 (caso Pantalla), lo que puede dejar en duda su imparcialidad dentro de la mencionada causa, pues podría asumirse que los conjueces, al haber valorado un elemento de prueba que contiene referencia a los hechos materia del juzgamiento en Pantalla, pueden contener prejuicios o parcialidades que pongan en cuestionamiento su objetividad en el análisis del caso”, sostuvo De la Cadena en su resolución oral.
Con esta decisión, como parte del Tribunal de Juicio en el caso Pantalla queda el juez Javier de la Cadena, por lo que dentro de la CNJ deberán volverse a sortear nuevos conjueces para que completen la Sala de Juzgamiento.
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Junto con Wilman Terán también ha sido llamada a juicio la exjueza de Santo Domingo de los Tsáchilas Anabell Torres. Ambos son acusados por la Fiscalía de ejercer influencias en funcionarios jerárquicamente inferiores en el CJ con la finalidad de obtener información privilegiada para beneficiar a determinados concursantes, en varias fases del concurso público de selección y designación de jueces para la CNJ, iniciado en junio de 2023.
Por los mismos hechos de Pantalla ya fueron condenados otros tres procesados, quienes se acogieron a la figura de procedimiento abreviado. Los exasesores de Terán en el CJ, Santiago Cifuentes y Milton Herrera, y el exdirector general de la Judicatura, David Guzmán, luego de reconocer los hechos atribuidos en la investigación, recibieron sentencias reducidas de seis meses de cárcel, la disposición del pago cada uno de una multa de $ 4.700 y la orden de cancelar una reparación económica dividida en dos rubros: $ 4.700 y $ 35.877,60.
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La recusación propuesta por alias Diablo impidió que la tarde del lunes 30 de junio se instale la audiencia de juicio en el caso Pantalla. Aún no se conoce quiénes serán los magistrados que integrarán esta sala, ni tampoco qué día se dará la diligencia en la que se escucharán los fundamentos de la acusación y los procesados por el delito de asociación ilícita. (I)
El Universo