El juez del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), Joaquín Viteri, inadmitió y archivó dos recursos subjetivos contenciosos electorales que se presentaron en contra de la resolución del Consejo Nacional Electoral (CNE) con la que se adelantó la fecha de las elecciones seccionales para el 29 de noviembre de 2026.
Las acciones fueron impulsadas por Gabriela Rivadeneira y por el ciudadano Pablo Ricaurte Altamirano.
El juez del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), Joaquín Viteri, inadmitió y archivó dos recursos subjetivos contenciosos electorales que se presentaron en contra de la resolución del Consejo Nacional Electoral (CNE) con la que se adelantó la fecha de las elecciones seccionales para el 29 de noviembre de 2026.
Las acciones fueron impulsadas por la presidenta del movimiento político Revolución Ciudadana (RC), Gabriela Rivadeneira, junto al abogado Gabriel Rivera López; y el ciudadano Pablo Ricaurte Altamirano, presidente nacional del movimiento L.I.D.E.R.
En el caso del recurso presentado por Rivadeneira, el juez electoral argumentó que la RC está suspendida en sus derechos políticos, por lo que esta organización política carece de la legitimación activa necesaria para proponer esta acción.
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Sobre el recurso ingresado por el ciudadano Pablo Ricaurte, el juez del TCE explicó que el ciudadano «no ha justificado de manera idónea su condición de representante del movimiento político L.I.D.E.R., al no aportar documentación emitida o reconocida por el órgano competente que permita verificar su representación legal».
Adicionalmente, dicta la argumentación de Viteri, “se verifica que el escrito presentado para aclarar y completar el recurso, al igual que el libelo inicial, carece de firma de abogado patrocinador, incumpliendo así las formalidades exigidas para la válida actuación en sede jurisdiccional”.
Con estos argumentos, el juez del Tribunal Contencioso Electoral dispuso el archivo de la causa, al constatar que el accionante no aclaró ni completó su recurso.
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Por otro lado, el juez Juan Patricio Maldonado admitió a trámite un recurso presentado por el Partido Social Cristiano (PSC) en contra de una resolución del Consejo Nacional Electoral (CNE).
La acción busca que se deje sin efecto la resolución del CNE que plantea modificar el calendario electoral. A criterio de Alfredo Serrano, presidente del PSC, la decisión del CNE sería “inconstitucional e ilegal” al contradecir disposiciones del Código de la Democracia.
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El cambio de la fecha de las elecciones se adoptó el pasado 27 de marzo con los votos de los consejeros José Cabrera, Esthela Acero, Enrique Pita (vicepresidente) y Diana Atamaint (presidenta), con base en un informe remitido por el Instituto Nacional de Hidrología y Meteorología (Inamhi) y de la Secretaría Nacional de Riesgos, de que aparentemente en el primer trimestre del 2027 se producirá un fenómeno climático que impedirá que el electorado acuda a las urnas.
Con la modificación del calendario electoral, la jornada de votación para las elecciones de alcaldes, prefectos, vocales de juntas parroquiales y consejeros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) se adelantó del 14 de febrero de 2027 al 29 de noviembre de 2026. (I)
El Universo
